Tutorías

Funciones de la tutoría

Las funciones de la tutoría se distribuyen en múltiples tipos de acciones, correspondientes a igual número de tareas inherentes a la actividad tutorial y se sustentan en dos premisas fundamentales:

  • El compromiso de adquirir la capacitación necesaria para la actividad tutorial
  • El compromiso de mantenerse informado sobre los aspectos institucionales y específicos del estudiante para optimizar su influencia en el desarrollo del alumno

1. Orientar: al alumnado durante el desarrollo académico de su carrera.

2. Guiar: sobre las mejores opciones que se le plantean al alumnado durante su carrera.

3. Estimular: al alumnado a potencializar sus habilidades y cualidades.

4. Incentivar: al alumnado a realizar actividades académicas.

5. Analizar: al respecto de conductas disruptivas.

6. Plantear opciones: y dejar que sea el alumnado que elija libremente planteándole el pro y contras de dichas opciones.

7. Escuchar: al alumnado, en los temas  que decida hablar

8. Coordinar ayuda: en determinado momento que el alumnado pida nuestra intervención, para apoyarlo  con tal o cual materia, si no está en nuestras manos, nuestra labor será coordinar esa ayuda con la persona adecuada.

9. Acompañar: habrá ocasiones en las que el alumnado solo necesitara nuestra compañía.

10. Asignar al alumnado un tutor (a).

11. El alumnado identificara al tutor que se le haya asignado.

12. El alumnado buscara y establecerá el primer contacto con su tutor.

13. El alumno (a) y el tutor acordaran las fechas y los horarios de las sesiones de tutoría en forma consensuada y asistirán puntualmente a las tutorías.

14. En caso de requerir cambio de fecha u horario debe  acudir con su tutor (a)  a solicitarlo.

15. El alumnado debe acudir a las instancias sugeridas por el (la) tutor (a) , en el caso de que sea canalizado para su mejor atención específica según el caso.

16. El (la) tutor (a) no es un asesor académico, pero puede orientar, ayudando a desarrollar hábitos de estudio, de trabajo y de administración del tiempo etc. al tutorado (a)  y también aconsejar  a quien acudir en  caso necesario según la materia de que se trate.

17. El (la) tutor (a) no proporciona material de apoyo, publicaciones, libros etc, sin embargo  puede proporcionar orientación acerca de las fuentes de información a cuales acudir.

18. El (la) tutor (a) El tutor no ayuda a hacer las tareas encomendadas  en el área académica, pero puede señalar a dónde acudir a resolver dudas de cada alumno.

 

19. El (la) tutor (a) El tutor no puede asumir o suplir la responsabilidad de los padres en la educación de cada alumno, no obstante, el tutor  puede aconsejar u orientar al tutorado dentro de un marco de respeto mutuo.

 

20. El (la) tutor (a) no puede hacer gestiones administrativas de becas, servicio social o prácticas profesionales, trámite de bajas, movilidad estudiantil,  sin embargo, buscará la forma de orientar al tutorado sobre cómo llevarlas a cabo y  a quién acudir en su momento.

El (la) tutor (a) es un orientador efectivo y de apoyo durante todo el proceso educativo de la licenciatura y está en la mejor disposición de ayudar y orientar y en su caso canalizar a otras instancias en caso necesario